Puedes haber perdido tu derecho a conducir, o lo que es lo mismo, la vigencia de tu permiso de conducir por dos motivos:
Haber perdido la totalidad de los puntos de tu permiso tras cometer varias infracciones de tráfico graves o muy graves.
Por una condena judicial de privación del derecho a conducir por un periodo superior a 2 años.
Si la condena fuera igual o inferior a dos años, no se produce una pérdida del permiso, sino una suspensión temporal. En este último caso, para volver a conducir, únicamente deberás acreditar haber superado con aprovechamiento el curso de sensibilización y reeducación vial (recuperación parcial de puntos) de veinticuatro horas lectivas de duración y haber cumplido el periodo de la condena.
En el caso de pérdida de vigencia (ya sea judicial o administrativa), si quieres volver a conducir, deberás obtener un nuevo permiso. Para ello deberás seguir lo siguientes pasos:
Realizar un curso de recuperación total de permiso de conducción en materia de sensibilización y reeducación vial, con coste a cargo del interesado, que tendrá veinticuatro horas lectivas de duración y que podrá realizar durante la duración de la pérdida de vigencia.
Superar una prueba teórica sobre el curso realizado. Una vez transcurrido el plazo de duración de la pérdida de vigencia, 6 meses para los conductores en general y 3 meses para los conductores profesionales, deberás superar una prueba teórica sobre la materia del curso realizado. Para la realización de esta prueba deberás solicitar cita para examen en tu Jefatura u Oficina de Tráfico.
El nuevo permiso que se te entregue dispondrá de un saldo de 8 puntos.